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Acuerdo de no divulgación

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Acuerdo de no divulgación

    Este Acuerdo de no divulgación (en adelante, "Acuerdo") por y entre Gary John Wilson y PANAMA BUSINESS BROKERS, una empresa panameña (en adelante "PBB") y y , (en adelante denominado conjuntamente "A&B"), se suscribe para proporcionar la confidencialidad, protección y manejo de cierta información de propiedad, con la intención de negociar la venta de un negocio en Panamá. (en adelante "Propósito").

    GW y A&B se denominarán individualmente como la "Parte" o "la parte reveladora" o el "destinatario" o colectivamente como las "Partes".

    1. El término "información patentada" se refiere a toda la información, en cualquier forma, ya sea de naturaleza técnica o comercial, relacionada con el Propósito que la parte reveladora divulga antes o después de la fecha de este Acuerdo e identificada por el destinatario. la parte divulgadora en el momento de la divulgación como propietaria. La información divulgada en una forma distinta a los escritos se considerará como propiedad.

    2. La información de propiedad no incluirá información que, en la fecha de la firma del presente documento, o posteriormente se convierta en dominio público, sea conocida por el destinatario antes de ser revelada por la parte divulgadora, en cuyo caso el destinatario notificará a la parte divulgadora dentro de los 7 días la información que ya se conocía antes de la divulgación es desarrollada independientemente por el destinatario, o el destinatario la obtiene legalmente en cualquier momento de otras fuentes que no están sujetas a restricciones de propiedad. El destinatario tendrá la carga de la prueba al establecer cualquiera de las excepciones mencionadas anteriormente.

    3. El destinatario acuerda utilizar la Información de propiedad exclusiva para beneficio mutuo de las partes en cumplimiento del Propósito mencionado anteriormente, según lo aprobado específicamente por la parte reveladora, y acepta no divulgar la Información de propiedad exclusiva a ningún tercero ni a ninguno de sus afiliados, empleados o agentes, excepto cuando sea necesario para llevar a cabo el propósito mencionado anteriormente. Cualquier divulgación de este tipo a terceros estará sujeta al consentimiento previo por escrito de la parte reveladora y estará condicionada a la obtención anticipada de un Acuerdo de confidencialidad y no divulgación sustancialmente en la forma de este Acuerdo, y el acuerdo del Mandato que se firmará.

    4. El destinatario acepta retener la información de propiedad de la parte reveladora de manera confidencial y ejercer al menos el mismo grado de cuidado y protección que se necesita para salvaguardar su propia información de propiedad.

    5. La información de propiedad de cada parte, o cualquier parte de la misma, ya sea que pueda ser protegida por derechos de autor, patentada o registrada de otra manera en la ley, o no, es a los efectos de este Acuerdo reconocido por el destinatario como propiedad exclusiva de la parte reveladora.

    6. Nada en este Acuerdo se interpretará como una concesión al destinatario de ningún derecho por licencia o de otra manera, expresa o implícita, a cualquiera de las patentes de la parte reveladora, invenciones no patentadas u otra propiedad intelectual. La parte reveladora no hace ninguna representación o garantía con respecto a la información divulgada.

    7. Este Acuerdo permanecerá en vigencia y efecto durante todo el período en que el destinatario participe activamente en la ejecución del Propósito y por un período de un (1) año a partir de entonces.

    8. Inmediatamente después de la terminación de este Acuerdo, a menos que ambas partes acuerden lo contrario por escrito, cada parte devolverá a la otra toda la Información de propiedad de la otra parte que ha recibido o que está en su posesión, junto con todas las copias del mismo, y dejar inmediatamente de hacer uso o divulgación adicional de dicha información de propiedad.

    9. Nada de lo contenido en este documento (incluido el intercambio de información de propiedad exclusiva en virtud del presente) se considerará que obliga a las partes a entablar una relación comercial con respecto al propósito o de otro modo.

    10. Cada Parte indemnizará completamente a la otra contra todas y cada una de las acciones, reclamaciones, costos de responsabilidad, daños, cargos y gastos sufridos o incurridos en relación con cualquier incumplimiento por parte de una Parte de cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo o por cualquier divulgación o uso no autorizado de Información de propiedad de un tercero o de cualquier empleado de cualquier parte a quien se le haya revelado información de propiedad o a quien se le haya permitido el acceso a la misma y reconozca y confirme que un incumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente no puede compensarse adecuadamente mediante una indemnización por daños o indemnización o otro remedio pecuniario, pero la otra Parte también tendrá derecho en caso de tal incumplimiento a los remedios de ejecución específica de la medida cautelar u otro remedio equitativo con respecto a tal incumplimiento. Nada en esta Cláusula 10 se interpretará como una renuncia por cualquiera de las partes de ninguno de sus derechos, incluidos los derechos a daños o indemnización u otro remedio pecuniario.

    11. El presente Acuerdo se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de Panamá, y cualquier disputa que surja en relación con el presente será presentada y determinada por los tribunales de Panamá, exclusivamente.

    EN FE DE LO CUAL, este Acuerdo ha sido firmado por representantes plenamente autorizados de cada una de las Partes del presente.

    Por y en nombre de Panama Business Brokers

    Nombre: Gary John Wilson (Cedula: E-8-152719)

    Cargo que ocupa: Propietario

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    Por y en nombre de .

    Fecha: .

    Cargo que ocupa: .

    Firma: .
    Al escribir mi nombre como firma, reconozco que este acuerdo de confidencialidad es legalmente vinculante.

    Proceso del comprador

    ¿Qué es un perfil de compradores?

    Con el perfil de compradores, hacemos coincidir compradores y vendedores potenciales. El perfil del comprador ayuda a identificar los deseos y las capacidades financieras del comprador.

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